Intendente dio el vamos al proceso de inscripción para el pago del bono Bodas de Oro

Compartió con once matrimonios que llevan medio siglo casados
  • Las personas podrán consultar por su derecho a la línea 800 202 500 ó al sitio Web www.bodasdeoro.cl

El intendente de Los Lagos, Juan Sebastián Montes, le dio el “vamos” al proceso de inscripción para el pago del bono Bodas de Oro en la Región, con una ceremonia donde compartió junto a once matrimonios que llevan 50 años de vida en común.

La actividad estuvo encabezada por la seremi del Trabajo, Andrea Rósmanich; de Mideplan, Rodrigo Carrasco; de Gobierno, Jaime Brahm y por los directores regionales del IPS, Sebastián Allendes y del Senama, María Cristina Kneer.

El bono Bodas de Oro asciende a 250 mil pesos (125 mil pesos a cada cónyuge) que se otorga, por una sola vez, a los matrimonios que cumplan 50 o más años de vida conyugal a partir del 1 de enero de 2010, siempre que cuenten con los demás requisitos establecidos en la Ley. El beneficio también considera a las personas que hayan enviudado después de haber cumplido 50 años de matrimonio. Al viudo o viuda le corresponderá su respectiva parte el beneficio (125 mil pesos), explicó el jefe del Gobierno Regional, quien expresó que este año serán beneficiados más de mil 400 beneficiados y al 2014 habrá más de 5 mil matrimonios que recibirán el beneficio.

“Este es uno de los principales compromisos anunciados por el Presidente Sebastián Piñera durante su discurso del 21 de mayo pasado, ya que los adultos mayores son una verdadera prioridad para nuestro Gobierno. Hoy, este proyecto ya es una realidad”, enfatizó el intendente Juan Sebastián Montes.

¿Cuáles son los requisitos?

-Cumplir 50 años de matrimonio a partir del 1 de enero 2010. El matrimonio podrá haber sido celebrado en Chile o el extranjero (en este último caso el matrimonio deberá estar inscrito en Chile).

-Los cónyuges no deben haberse separado, divorciado o haber terminado por algunas de las causas indicadas en la Ley.

-Ser parte de un hogar perteneciente a los cuatro primeros quintiles de ingreso. Esto implica, actualmente, tener hasta 14.557 puntos en la Ficha de Protección Social.
-Acreditar residencia en Chile durante al menos 4 de los 5 últimos años antes de solicitar el beneficio.

-En caso de que no residan en un hogar común, los cónyuges deberán acreditar residencia, de ambos o de uno de ellos, en un establecimiento de larga estadía para adultos mayores reconocido por la autoridad competente.

¿Qué pasos deberán seguir las personas para acceder al Bono Bodas de Oro?

-Las personas podrán consultar por su derecho a la línea 800 202 500 ó al sitio Web www.bodasdeoro.cl.

-Una vez que las personas confirmen su derecho, ambos cónyuges deberán firmar una solicitud del beneficio en cualquiera de los centros de atención del Instituto de Previsión Social, IPS.

-Cumplido el paso anterior, y verificado el derecho al Bono, a las personas se les informará cuándo cobrar este beneficio, ya sea a través de depósito en una cuenta informada por el solicitante o en una sucursal de Los Héroes Caja de Compensación contratada por el IPS. El pago puede ocurrir en un plazo de dos a tres semanas desde verificados todos los antecedentes.

¿Las personas viudas tienen derecho?

Tienen derecho al beneficio las personas que hayan cumplido los años de matrimonio requeridos para acceder al beneficio, y que hayan enviudado con posterioridad a ese aniversario, siempre que cumplan con los demás requisitos legales. A estas personas les corresponderá su parte del Bono, es decir 125 mil pesos.

¿Hay un plazo para solicitar el Bono?

Las personas tendrán un plazo de 12 meses para solicitar el Bono, desde que cumplan con el requisito de años de matrimonio para acceder al beneficio.

¿Qué pasa con quienes tienen más de 50 años de matrimonio?

La Ley también incluyó a los cónyuges con más de 50 años de casados. Estas personas podrán solicitar el beneficio entre este año y el 2014, de acuerdo a los años que cumplan de matrimonio, según una distribución que podrá ser consultada en el 800 202 500, en www.bodasdeoro.cl ó en las oficinas del IPS.
Lo anterior, siempre que al momento de la solicitud del beneficio las personas cumplan con los demás requisitos establecidos en la Ley.

¿Quiénes pueden solicitar el Bono este año 2011?

Este año 2011, pueden solicitar su Bono las personas que, junto con reunir los demás requisitos establecidos en la Ley, estén en una de las siguientes condiciones:
a) Cumplir 50 años de matrimonio el 2010 o el 2011.
b) Cumplir 60 ó más años de matrimonio el 2010 o el 2011.

¿Dónde consultar?

En la línea gratuita 800 202 500, en el sitio web www.bodasdeoro.cl, o en las oficinas del Instituto de Previsión Social, IPS.
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