Hasta los días 13 de cada mes, incluido diciembre de 2008, se podrán efectuar los pagos de las cotizaciones de todos los trabajadores y pensionados de Chile, de acuerdo con la Ley Nº 20.288 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, lo que posibilitará que los empleadores tengan plazo hasta tres días más para la cancelación de sus obligaciones.
Al respecto, Fernando España, Seremi del Trabajo y Previsión Social informó que si antes se pagaba hasta los días 10 de cada mes, a partir de esta disposición se podrá pagar por vía digital en el portal www.previred.com gracias a las transferencias bancarias en todos los bancos autorizados hasta las 13:45 del día 13, incluso los sábados, domingos o festivos.
De esta manera, indicó España, el plazo también corre para las declaraciones y pagos de las cotizaciones para el Seguro de Cesantía de la Ley Nº 19.728, lo que posibilita las cotizaciones de salud y las que se pagan a las Mutuales de Seguridad y Cajas de Compensación, según se estipula en la Circular Nº 2491, despachada por la Superintendencia de Seguridad Social.
España dijo que esto se puede realizar debido a la introducción de los cambios implementados en la Reforma Previsional, cuya segunda fase se inició el 1 de octubre, en la cual se integra el beneficio de permitir que las empresas, especialmente las Pymes, dispongan de tres días adicionales para pagar las obligaciones laborales.
Gracias a Internet, destacó Fernando España, se pueden evitar intereses o multas por mora, producto del trámite que se efectúa vía Previred, trámite gratuito de cotizaciones previsionales, destinado a empresas, trabajadores independientes y empleadores de las asesoras del hogar; red en la que están presentes el INP, Fonasa, las AFP, Isapres, Mutuales de Seguridad, las Cajas de Compensación, circuito que acopla los fondos del Seguro de Cesantía y de Ahorro Previsional Voluntario, o APV.
Manuel Arismendi Poblete
Periodista
Seremía del Trabajo y Previsión Social
Región de Los Lagos