Ministerio de Hacienda anuncia medidas en beneficio de los habitantes de la Provincia de Palena

que serán implementadas por el SII y tesorería




Por instrucción de la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, el Ministerio de Hacienda ha dispuesto que el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República adopten un conjunto de medidas de aplicación inmediata, en beneficio de las comunidades de la Provincia de Palena y de sus ciudadanos, gravemente afectados por la erupción del volcán Chaitén.


Las disposiciones, anunciadas hoy por la Ministra (S) de Hacienda, María Olivia Recart, la Tesorera General de la República, Pamela Cuzmar, y el Director del SII, Ricardo Escobar, consisten en:

I. Respecto de aquellos contribuyentes que han visto afectadas sus propiedades o su actividad económica.

1.- Retasación de todas las propiedades agrícolas y urbanas, considerando las nuevas circunstancias que afectan a la zona.
Con esta medida, se verán favorecidos con la exención de las contribuciones prácticamente todas las propiedades actualmente afectas.

2.- Facultar, a través de un Decreto Supremo, a la Tesorería General de la República para condonar total o parcialmente los impuestos de cualquier clase que graven la propiedad, las personas o sus rentas.

3.- Facultar al Servicio de Impuestos Internos (SII) para condonar el 100% de intereses y multas, respecto de las presentaciones fuera de plazo u otras gestiones vinculadas con declaraciones de impuestos a la renta e IVA.

4.- La Tesorería General de la República y el SII podrán condonar el 100% de los intereses y multas aplicables al Impuesto Territorial.

5.- Los giros por declaraciones rectificatorias de los impuestos a la renta e IVA declarados en los formularios 22 y 29, tendrán también una condonación del 100% de intereses y multas; en tanto que los giros por multas tendrán una condonación del 90%, el máximo permitido por ley.


II. Respecto de aquellos contribuyentes morosos y de deudores en proceso de cobro judicial:

1- La Tesorería General de la República suspenderá las acciones de cobranza, los remates de bienes y apremios derivados de la existencia de deuda tributaria, que registran los contribuyentes de las zonas afectadas.


III. Medidas operativas que faciliten los trámites tributarios

1.- Los contribuyentes de las comunas afectadas podrán declarar los impuestos a la renta e IVA en los formularios 22 y 29 en cualquier unidad del Servicio de Impuestos Internos.

2.- Los contribuyentes podrán declarar “sin movimiento” los formularios 22 y 29 y, posteriormente, cuando recuperen la información de sus actividades comerciales, podrán rectificar y obtener condonación de un 100% de las multas e intereses aplicables en cada caso.

3.- Los contribuyentes afectados podrán timbrar documentación tributaria en cualquier unidad del Servicio de Impuestos Internos asimismo, los trámites que requieran ser realizados en la Tesorería, podrán efectuarse en cualquiera de sus oficinas.

4.- La Tesorería General de la República realizará la emisión acelerada de los cheques correspondientes a las devoluciones de impuestos de la Operación Renta 2008 y dispondrá su entrega personalizada a los contribuyentes domiciliados en las comunas afectadas.


Santiago, 8 de mayo de 2008.
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