SERNAM Los Lagos hace un llamado a que delitos como el de Valeria Hernández deben tener condena máxima

  • El imputado John Mann Kiefer fue condenado a 8 años de Presidio Mayor en su grado mínimo en calidad de autor sólo del delito consumado de homicidio simple, sin embargo, Fiscalía presentó un recurso de nulidad para dejar sin efecto el juicio oral llevado a cabo.
El pasado 22 de diciembre de 2012 la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, constituido por el juez presidente de la sala, don José Bustos Valenzuela e integrado por los jueces don Andrés Arteaga Jara y don Jaime Rojas Mundaca, condenó al acusado del crimen de Valeria Hernández, JOHN FERMAN MANN KIEFER, a la pena de OCHO AÑOS de Presidio Mayor en su grado mínimo en calidad de autor sólo del delito consumado de homicidio simple y no calificado como eran las pretensiones de Fiscalía y del Servicio Nacional de la Mujer, subsumiendo el delito de aborto en el de homicidio, por cuanto para consumar el primero fue necesario el segundo, según el razonamiento del tribunal.

“Para el Servicio Nacional de la Mujer es un compromiso derrotar la violencia y queremos hacer un llamado a que los imputados por casos de violencia intrafamiliar deben ser condenados con sanciones más duras, para que no tengamos que lamentar nuevamente un delito tan terrible como el que vivió esta joven que estaba embarazada”, explicó la Directora regional (s) del SERNAM, Caren Pérez Lavín.

Valeria Hernández Rain fue encontrada sin vida el día 8 de diciembre del año 2010 al interior de un pozo y envuelta en una bolsa. La joven se encontraba embarazada de siete meses, a la fecha de su muerte, lo que se cree fue el móvil del homicidio pues el autor era presumiblemente el padre de la niña que estaba por nacer. Sus padres María Cristina Rain Herrera y Pedro Antonio Hernández Altamirano mostraron su confianza en la investigación y accedieron al patrocinio del SERNAM, para la presentación de una querella en contra del responsable, la que finalmente fue ingresada el día 17 de diciembre de 2010.

Debido a que el Tribunal de Juicio Oral condenó a John Mann Kiefer a sólo ochos años por el delito de homicidio simple con fecha 2 de enero de 2013, Fiscalía haciendo uso de una facultad exclusiva presentó un recurso de nulidad para dejar sin efecto el juicio oral llevado a cabo y permitir que, esta vez, se desarrolle en una sala distinta de la que conoció la primera vez. En caso de ser acogido, el juicio oral deberá volver a efectuarse presentándose las pruebas nuevamente.

Por lo pronto SERNAM, se hará parte en el recurso de nulidad, a la espera que la Corte acoja los argumentos que se indicarán en su oportunidad, para declarar nulo el juicio oral que condenó sólo por homicidio al acusado.
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