Se abrió proceso para ser consejero del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil

Registro de inscripción de candidatos

La Municipalidad de Puerto Montt informa que se encuentra abierto el registro público de inscripción de candidatos a Consejeros del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.

El proceso de inscripción permanecerá abierto hasta el día viernes 9 de marzo de 2012 y se puede efectuar en las oficinas de la Secretaría Municipal, ubicadas en el Edificio Consistorial de San Felipe 80, Segundo Piso.

Para postular, como requisito los interesados deben formar parte de una organización por al menos un año.

El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil es un órgano compuesto por representantes de la comunidad local, cuyo objeto es asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional, y de las actividades relevantes en el proceso económico, social y cultural de la comuna.

La integración, organización, competencias y funcionamiento del Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Puerto Montt se rige por los artículos 94 y siguientes de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y por las disposiciones contenidas en el Reglamento N° 0001/2012, “Del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil”, de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt.

El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la comuna de Puerto Montt, estará integrado por un total de 19 representantes:

-Seis miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de carácter territorial
-Seis miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de carácter funcional.
-Cuatro miembros que representarán a la Organizaciones de interés público de la comuna.
-Un representante de las asociaciones gremiales de la comuna.
-Un representante de las organizaciones sindicales de la comuna.
-Un representante de otras actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna.

Los integrantes del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil durarán cuatro años en sus funciones y podrán ser reelegidos.
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