La Superintendencia de Salud de Los Lagos recuerda a las beneficiarias de isapres que, desde el 29 de enero de 2018, pueden exigir la cobertura de cinco nuevas prestaciones respecto a la interrupción voluntaria del embarazo en 3 causales, la que también es aplicable a usuarios del seguro público.
Desde esa fecha, en la que comenzó a regir el nuevo arancel Fonasa 2018, se incorporan tres exámenes relacionados con la causa de inviabilidad fetal: el diagnóstico genético molecular, la resonancia magnética fetal y la biopsia corial. Otros dos se vinculan con la remoción del feto: la aspiración manual endouterina y el tratamiento farmacológico.
El Agente Zonal Francisco Garrido indicó que “la cobertura es obligatoria para el sector privado (isapres). Por esta razón, recomendamos a la ciudadanía a informarse y a conocer cuáles son concretamente las coberturas que ofrece la ley de interrupción voluntaria del embarazo en tres causales”.
Las nuevas prestaciones tienen un código y un precio, tanto para la salud pública como la privada, por lo que las isapres y el Fonasa están obligados a costearlas. A su vez, las isapres, en la aplicación práctica de los contratos celebrados con prestadores de salud, deberán velar porque las prestaciones sean otorgadas.
Finalmente, la autoridad regional destacó que “la isapre, mediante el Servicio Continuo de Atención Telefónica, que debe operar las 24 horas del día, los siete días de la semana, deberá proporcionar toda la información que requiera la paciente”.
Esta información, de acuerdo a lo establecido en la Circular IF/N° 311, del 7 de febrero de 2018, de la Superintendencia de Salud se refiere a los prestadores a los que la paciente debe acudir para acceder a las prestaciones; el derecho de reclamar ante el prestador de salud en caso de que el acompañamiento que considera la ley no sea ofrecido; la posibilidad de reclamar ante esta Superintendencia y, por último, la opción de recurrir al fono Salud Responde del Ministerio de Salud (600 360 7777).