Tras una mediación colectiva, un 74% de las instituciones de educación superior, que participaron en esta instancia extrajudicial, eliminaron una serie de cláusulas que perjudicaban los derechos de los estudiantes y sus apoderados.
Asimismo, el Servicio demandó colectivamente a otras 4 entidades que no estuvieron dispuestas a ajustar sus contratos.
El SERNAC realizó una mediación colectiva con 23 universidades, y que comprendió la revisión de los contratos e instrumentos de crédito, entre ellos, letras de cambio, pagarés, que debían firmar los estudiantes o sus avales al ingresar a las entidades educacionales, para garantizar el pago de los servicios.
Tras esta gestión, el SERNAC logró que 17 universidades chilenas ajustaran sus contratos, eliminando cláusulas que a juicio del Servicio eran abusivas y perjudicaban los derechos de los estudiantes y sus apoderados. Es decir, un 74% de las instituciones que participaron en esta instancia aceptaron las indicaciones propuestas por la institución.
Entre las universidades que ajustaron sus contratos están:
UNIVERSIDADES
Universidad Tecnológica de Chile-INACAP
Universidad UCINF
Universidad Andrés Bello
Universidad Tecnológica Metropolitana (UTEM)
Universidad Arturo Prat
Universidad de Los Lagos
Universidad de Chile
Pontificia Universidad Católica (PUC)
Universidad Austral de Chile
Universidad de Artes, Ciencias y Comunicación (UNIACC)
Universidad Pedro de Valdivia
Universidad Federico Santa María
Universidad Autónoma de Chile
Universidad de Santiago de Chile (USACH)
Universidad de las Américas
Universidad de Viña del Mar
Universidad de la República
Entre las cláusulas abusivas eliminadas destacan:
- Disposiciones que contenían autorizaciones amplias para el tratamiento y comunicación de los datos personales de los estudiantes.
- Cláusulas que permitían modificaciones unilaterales a los planes, programas y mallas educacionales, al sólo arbitrio de la universidad y sin señalar causales objetivas que la justifiquen.
- Condiciones que permitían suspender unilateralmente el servicio educacional ofrecido y contratado, por el no pago del o los aranceles del servicio.
- Cláusulas que imponían barreras de salidas al contrato, en caso de retiro, suspensión y/o abandono del alumno del establecimiento educacional.
- Artículos que contenían eximentes de responsabilidad amplios y en perjuicio del alumno.
- Disposiciones que contenían mandatos amplios e irrevocables, y que no incluían la obligación de rendir cuenta.
- Obligaciones que imponían renuncias anticipadas de derechos, al disponer que los estudiantes aceptan y conocen los términos y condiciones de la normativa interna de la universidad.
Demandas colectivas
Asimismo, el SERNAC demandó colectivamente a cuatro universidades que no estuvieron dispuestas a eliminar de sus contratos aquellas cláusulas de sus contratos que dejaban en clara desventaja a los estudiantes y apoderados, y que apuntaban en la misma dirección de aquellas que fueron eliminadas por las otras 17 instituciones superiores. Se trata de las universidades Santo Tomás, San Sebastián, Mayor y Central.
El propósito de esta acción es que la justicia declare nulas dichas cláusulas y le aplique las multas respectivas por haber incluido dichas disposiciones en sus contratos, las cuales van en contra de lo que establece la Ley de Protección de los Consumidor.
Por otro lado, el SERNAC está analizando el caso de dos universidades con las que aún no se logra un acuerdo: se trata de la Universidad de Aconcagua y la Universidad de Valparaíso. En caso de no conseguir que ajusten sus contratos, el Servicio no descarta demandarlas colectivamente ante la justicia.
Reclamos recibidos durante el 2015
Durante el año 2015, el SERNAC recibió 3.259 reclamos en contra de universidades, centros de formación técnica (CFT) e institutos profesionales (IP), lo que implicó
una disminución de un 16,7% respecto del mismo periodo del año anterior (3.914 casos).
En año 2015, la mayor cantidad de reclamos se concentró principalmente en las universidades, en tanto, que los IP fueron la segunda categoría más reclamada, y en tercer lugar se ubicaron los CFT.
De los reclamos del año 2015, un 34% fueron por incumplimiento en las condiciones contratadas, por ejemplo, por cambios en la situación de acreditación de la casa de estudio, alza injustificada de arancel, modificación de las mallas académicas; mientras que un 18% fue por mala calidad del servicio, esto es, problemas para tomar ramos, inconvenientes para postular a becas, falta de docentes para dictar ramos, retrasos en entregas de certificados, entre otros.
Análisis publicitario y denuncias ante los tribunales de justicia
Con el fin de analizar la publicidad emitida por las instituciones de educación superior, el SERNAC realizó además un monitoreo de los mensajes difundidos entre el 1 de diciembre de 2015 y el 11 de enero de 2016 en medios de prensa escritos de circulación nacional, radio y televisión.
Tras la investigación, que incluyó 53 piezas publicitarias, el SERNAC detectó en 23 de ellas una serie de hallazgos. Por ejemplo, letra ilegible, frases que deben ser comprobables y falta de información respecto de la oferta institucional y de acreditación.
Ante esta situación, el SERNAC denunció a Universidad Gabriela Mistral, Universidad Iberoamericana, UNIACC y Universidad Autónoma.
Además, ofició a otras 21 entidades de educación superior, incluidas a dos de las denunciadas (Gabriela Mistral y Autónoma), para que ajusten sus piezas publicitarias a los estándares que establece la Ley de Protección del Consumidor, además de otras normativas, como la Circular N° 19 de la Comisión Nacional de Acreditación.
Derechos de los consumidores
El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, valoró el ajuste contractual realizado por las 17 universidades, pues es muy importante que los estudiantes que ingresan a la educación superior firmen contratos libres de cláusulas abusivas, lo que asegura un trato equilibrado y de respeto a sus derechos.
“Año tras año ingresan miles de estudiantes a las universidades chilenas y muchas veces hemos visto que sus derechos son vulnerados. Como SERNAC queremos eliminar de raíz las cláusulas abusivas en los contratos que deben firmar los estudiantes”, enfatizó la autoridad.
Muñoz recordó que los alumnos y sus apoderados tienen derecho a contar con información veraz y oportuna de las condiciones relevantes del servicio, como su precio, formas de pago, y a recibir el servicio prometido, esto es, mallas académicas, títulos a los que se accede. Además, las instituciones de educación superior deben cumplir lo que prometen.
Finalmente, el Director Nacional resaltó la necesidad de que sea aprobado el proyecto de ley que se tramita en el Congreso y que le entregará al SERNAC facultades fiscalizadoras y sancionatorias, que le permitirán al Servicio prevenir y desincentivar los abusos hacia los consumidores.