Absuelven a tío acusado de abuso sexual


En Puerto Montt
  • Testigo clave que declaró a la policía haber escuchado cuando la víctima le relató el ataque a su madre, dijo durante el juicio que en realidad no lo oyó.

Un testigo clave, que supuestamente habría escuchado el relato de una menor de 6 años acusando a su tío de haber abusado de ella, dijo ante los jueces de tribunal oral que nunca oyó dicho relato. Este sería uno de los factores que habría influido en que los magistrados del Tribunal oral en lo penal de Puerto Montt decidieran absolver a un imputado de 53 años de edad acusado de abuso sexual.

El abogado explicó que un elemento que podría haber sido clave para que se decretara la absolución fue que durante el juicio oral, que comenzó el 2 de noviembre, se acreditó que uno de los testigos faltó a la verdad, ya que en primera instancia dijo que había escuchado a la niña relatar los hechos y en el estrado del Tribunal explicó que en realidad no pudo oírlos, ya que en ese momento estaba en el baño. “Durante su declaración en el juicio quedaron en evidencia serias contradicciones en lo que estaba señalando el testigo. Al ser interrogado por estas contradicciones, terminó reconociendo que en realidad nunca escuchó cuando la menor le habría develado a su madre la situación del abuso (a diferencia de lo que había señalado en la Policía de Investigaciones) y que esta contradicción se debe a que se equivocó”, dijo el abogado defensor.

Alarcón relató que la madre de la víctima denunció ante la Policía que el tío de su hija de seis años habría abusado de ella el pasado 1 de marzo de este año, mientras realizaban un asado familiar en una parcela ubicada camino a Ensenada en la comuna de Puerto Varas.

Los hechos se los habría relatado la menor a su madre minutos después de que ocurrieran. Según la ella, su primo fue testigo de lo que la niña dijo. Este pariente declaró, al igual que la madre, que la niña fue abusada al acercarse a la piscina de la casa, que en esos momentos limpiaba su tío. Esta declaración fue ratificada por el testigo ante la policía, pero durante el juicio explicó que en él no escuchó a la niña ya que en esos momentos estaba en el baño. Este antecedente claramente restó credibilidad al relato del testigo y al de la propia denunciante, ya que fue ella la que dijo que el primo estaba presente cuando la niña relató los supuestos hechos”.

Según explicó el defensor penal público, Rodrigo Alarcón, el veredicto que absuelve de los cargos de abuso sexual a su representado lo deja tranquilo y conforme, ya que desde el principio de la investigación su defendido sostuvo que era inocente. “El propio imputado llamó a Carabineros cuando se enteró que existía una imputación en su contra y desde sus primeras declaraciones sostuvo que nunca abusó de su sobrina”.



Declaración de la víctima

Por otro lado el defensor agregó que la víctima no declaró en el juicio porque la parte querellante y el Ministerio Público voluntariamente decidieron retirar su testimonio, luego de que se les negó la solicitud de realizar el testimonio a través de un circuito cerrado de televisión. Esto a pesar de que la defensa –con el objetivo de garantizar los derechos del imputado- propuso que el acusado y el público salieran de la sala antes de su relato, de manera de evitar cualquier contacto entre la víctima y el acusado y evitar que ella sufriera algún tipo de daño. “No es que se haya dejado en el desamparo a una menor de edad como pretenden los acusadores, sino que se acogió por parte del Tribunal una forma de declaración que garantizara los derechos de todas las partes. Por otra parte la decisión del tribunal en este sentido fue tomada por la unanimidad de sus miembros, por tal motivo no se entiende porque los acusadores dirigieron sus dardos solo sobre dos de los magistrados”.

En cuanto a los cuestionamiento efectuados por la parte querellante sobre el hecho de que el acusado tras ser absuelto quede en libertad y salga caminando de la sala el defensor explicó que “el Tribunal no podría haber adoptado una decisión distinta ya que la ley dispone que esto es lo que procede. No pueden los magistrados decirle a una persona que decidieron absolverla y luego comunicarle que, no obstante ello, quedará en prisión preventiva”.


Alexis Matamala Olavarría
Encargado de Comunicación y Prensa
Defensoría Penal Pública
Región de Los Lagos
alexis.matamala@dpp.cl
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