Hasta el 30 septiembre de este año los deudores hipotecarios que hayan obtenido beneficio de subsidio habitacional correspondiente a Decretos, 235 (Subsidio PET), DS 44 (Subsidio Unificado) y DS 62 (Subsidio Nueva básica) podrán postular a obtener beneficio de rebaja de sus dividendos, desde un 60 hasta un 20 por ciento, según su puntaje de Ficha de Protección Social, el cual debe ser inferior a los 11.734 puntos.
La medida decretada por el Presidente de la Republica, Sebastian Piñera, bajo decreto Nº12, tiene por objetivo entregar una ayuda especial a personas que hayan obtenido una vivienda que haya sido adquirida o construida del subsidio habitacional correspondiente a programas habitacionales no vigentes y que se encuentren en situación de gran vulnerabilidad.
Para acceder al beneficio los postulantes deberán estar habitando la vivienda, tener los dividendos al día, que el precio de la vivienda según la escritura pública no sea superior a las UF 650 y el ingreso promedio mensual no supere los 500 mil pesos brutos al año 2009.
Para postular los deudores deberán presentar formulario especial, el se puede descargar a través de la página web www.minvu.cl o retirarlo directamente en las oficinas de SERVIU más cercano a su domicilio y debe ser presentado junto con la documentación en SERVIESTADO o en el caso de oficinas de deudores de otros bancos en las oficinas de SERVIU, con fecha límite 30 de septiembre de 2011.
Por otra parte, el decreto considera apoyar a los beneficiarios con un seguro de desempleo destinado al pago de la prima para trabajadores dependientes y de incapacidad temporal para trabajadores independientes cuya vigencia será del 1ero de enero de 2011 al 30 de junio de 2014. El seguro cubrirá al menos el pago de cuatro dividendos.
Aquellas personas que se encuentren en extrema vulnerabilidad, sea esta por indigencia o estuviera afectados por discapacidad, enfermedades catastróficas o terminales, que lo imposibiliten para trabajar y/o de alto costo para la familia, podrán solicitar a una comisión integrada por Ministro de Vivienda, y el Subsecretario de Hacienda, y un tercer miembro la que podrán condonar el 100 por ciento de la deuda, con un copago de 1 UF para deudores al día y 2 UF para deudores atrasados, estas solicitudes se canalizaran a través de la Dirección Regional del Serviu X Región de Los Lagos