Con run y fecha de nacimiento: recuerda que puedes revisar si puedes solicitar la pensión garantizada universal por Internet

  • Que la falta de tiempo no sea una excusa. En los fines de semana también se puede solicitar la PGU. Tienes que ingresar a www.chileatiende.cl y solicitarla con tu ClaveÚnica.
La falta de tiempo siempre es un factor que a todos nos juega en contra a la hora de realizar trámites personales. Afortunadamente, no es un problema a la hora de solicitar la Pensión Garantizada Universal, porque en los fines de semana también puedes hacerlo, ingresando al sitio www.chileatiende.cl

Muchas personas de 65 años y más que cumplen los requisitos y cuentan con su ClaveÚnica, han hecho la solicitud vía Internet, viendo incrementada su Pensión Base con este beneficio que asciende hasta un monto máximo de $193.917.

“La Pensión Garantizada Universal es una ayuda que entrega el Estado a través del IPS, cuyo monto máximo es de $193.917, cifra que será percibida en su totalidad por quienes tengan una pensión base menor a $660.366, siempre que cumplan con los demás requisitos legales. La PGU se puede solicitar en línea a través del portal www.chileatiende.cl con la ClaveÚnica o presencialmente en sucursales ChileAtiende del IPS”, explicó el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ángel Cabrera.

Cómo hacer la solicitud de la PGU:

1. En línea, por el sitio www.chileatiende.cl, con la ClaveÚnica.
2. En sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS.
3. Municipalidades.
4. AFP o compañías de seguros, si está afiliado a una de esas entidades.

Principales requisitos:

• Tener 65 o más años.  
• No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de 65 o más años. Esto se analiza después de ingresada la solicitud y no corresponde al mismo porcentaje del registro social de hogares.
• Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad. También al menos cuatro años, de los últimos cinco anteriores a la solicitud del beneficio.
• Contar con una pensión base calculada menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior), según la forma de cálculo definida en la normativa.

A las personas afiliadas o pensionadas de Dipreca y Capredena no les corresponde este beneficio. Los requisitos más detallados se pueden consultar en www.chileatiende.cl
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