Ricardo Ebner Torres
Seremi del Trabajo y Previsión Social
El 26 de abril se inicia la implementación progresiva de la reducción de jornada laboral, pasando de 45 a 44 horas semanales, para alcanzar las 40 horas en 2028. De todos modos, nada impide que las empresas adelanten la implementación y, de hecho, existen más de 5.400 donde ya se está aplicando y han postulado al “Sello 40 Horas”.
Este cambio, que viene a satisfacer una aspiración histórica, permitirá una mejor calidad de vida y bienestar para las y los trabajadores y sus familias. En esa perspectiva, se complementa con la Ley de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral, ambas iniciativas promovidas por el gobierno del Presidente Gabriel Boric en virtud de nuestro firme compromiso con el Trabajo Decente.
Cabe destacar que la reducción de jornada no puede implicar una disminución de remuneraciones. Además, el empleador que no respete la norma se expone a multas administrativas por parte de la Dirección del Trabajo.
Otro aspecto relevante es que se elimina el uso abusivo del artículo 22, inciso 2° del Código del Trabajo. Desde ahora, sólo quedarán excluidos de la limitación de jornada quienes ejerzan labores de alta gerencia y quienes trabajen sin fiscalización superior inmediata en razón de la naturaleza de las labores desempeñadas.
La ley de 40 horas constituye un triunfo del diálogo constructivo y los acuerdos, tanto en el mundo laboral como en el Congreso Nacional. Hacemos votos para que el mismo espíritu se proyecte al abordar importantes desafíos pendientes como la Reforma Previsional.