Dra. Macarena Zanelli, Médico Veterinario.
Magíster en Ciencias, Mención en Medicina y Clínica en Animales de Compañía
Jefa de Carrera de Medicina Veterinaria
Universidad Santo Tomás, Puerto Montt
La ley de tenencia responsable, N°21.020, representa un avance en materia bienestar humano y animal por cuanto, por primera vez en la historia de Chile, se crea una Política de Estado en torno a la convivencia con nuestras mascotas al establecer un conjunto de normas tanto para las personas naturales como para los ministerios y las municipalidades.
El espíritu de la ley va en la línea de la prevención y promoción de una conducta de tenencia responsable, principalmente a través de la EDUCACIÓN Y ESTERILIZACIÓN, prohibiendo de modo expreso el sacrificio de animales como método de control poblacional. Esta ley contempla a distintos actores que cumplen un papel muy importante para que esta ley logre su gran objetivo, la tenencia responsable de las mascotas:
1. Obligaciones para los tenedores de todo animal de compañía:
a) proporcionar los cuidados de salud adecuados al animal
b) identificar a la mascota e inscribirse en el Registro Nacional
c) esterilizarla en los casos contemplados en la ley. La idea es desincentivar la reproducción indiscriminada.
2. Los Centros de Mantención (incluidos caniles municipales, refugios de protectoras), también deberán inscribirse en el Registro Nacional respectivo y serán estrictamente fiscalizados en el cumplimiento de las normas de bienestar animal. Evitar: perreras municipales, centros de hacinamiento y maltrato animal. Nadie quedará exento de ser fiscalizado y de cumplir con los estándares de bienestar animal.
3. Los criadores de mascotas. Estos deberán contribuir a la política pública de control reproductivo, debiendo entregar a los animales esterilizados, estos no pueden ser entregados antes de los 2 meses. Además de esto, deberán entregar información sobre tenencia responsable.
4. Autoridad municipal y sanitaria: Se les entrega un abanico de atribuciones para actuar frente a casos concretos. lo central se encuentra en la prevención, promoción de las adopciones, control reproductivo (esterilizaciones masivas) y educación en tenencia responsable y participación ciudadana (trabajo conjunto de la autoridad con las organizaciones de protección animal).
5. Participación Ciudadana: Se reconoce el trabajo de las organizaciones de protección animal y se establece la creación de fondos concursables para apoyar su labor y contribución a la promoción de la tenencia responsable.
6. ONEMI: deberá crear un protocolo de evacuación y rescate considerando a las mascotas o animales de compañía como sujetos de protección ante catástrofes naturales o emergencias y realizará campañas preventivas para educar a la población en el manejo.
7. Ministerio del Interior: proporcionará plataforma informática de registro de identificación de mascotas, a la que accederán las municipalidades, quienes fiscalizarán.
8. Municipalidad: Al rescatar animales sin identificación, éstas deberán sanitizarlos, esterilizarlos y reubicarlos, todo esto, con recursos por parte del ministerio del interior.
Se prohíbe la transferencia o entrega de especies protegidas o en peligro de extinción.
Se exige la inscripción en registro nacional de animales potencialmente peligrosos. Esto será de carácter obligatorio.
9. Multas:
Existirán multas para:
a) Particulares: 1 a 30 UTM>>código penal
Reincidencia: doble de la multa, el juez de policía local podrá decidir sobre decomiso del animal, el cual podrá ser remitido a un refugio y/o centro temporal y luego podrá ser dado en adopción.
b) Centros de mantención temporal, lugares de venta, crianza: hasta 50 UTM
Reincidencia: el doble de la multa-clausura temporal-3 meses o definitiva
A partir de este viernes 9 de marzo está disponible para todo el país la plataforma digital que permite a los dueños de perros y gatos inscribir a sus mascotas en el Registro Nacional, cumpliendo así con esta ley antes mencionada.
Desde ahora, la plataforma está disponible para todo el país en el sitio www.registratumascota.cl, donde los dueños deben ingresar los datos de sus mascotas utilizando la clave única para trámites entregada por el Registro Civil.
La SUBDERE estará a cargo de mantener y administrar dicho registro, mientras que las municipalidades deberán velar por la información que ingrese a nivel local y de determinar las formas para que los ciudadanos identifiquen y registren a sus animales.
Es importante que la ciudadanía sepa que el registro de perros y gatos es obligatorio, que los animales deben tener implantado un microchip de identificación de 15 dígitos y los responsables deben acudir a la municipalidad donde reside el animal, o desde el portal ciudadano podrán hacer una solicitud.
Toda información adicional, la pueden conocer en la página www.tenenciaresponsablemascotas.cl, de modo que sepan cómo se debe proceder para cumplir con la ley e inscribir a todos los animales que tengan bajo su responsabilidad.