CPLT ordena a Gendarmería entregar registros de detenidos en ex cuartel de la CNI trasladados a recintos penitenciaros de la RM

  • El organismo negó el acceso a ingresos de detenidos y detenidas a establecimientos penitenciarios de la Región Metropolitana provenientes de uno de los recintos de detención más importantes de la CNI, el cuartel Borgoño, alegando, entre otras razones, la mala calidad de los libros en los que se contenía lo requerido.
Tras acoger un amparo en contra de Gendarmería de Chile, el Consejo para la Transparencia (CPLT) decidió ordenar al organismo la entrega de información vinculada a registros de ingresos y recintos de origen de los que provenían personas que estuvieron detenidas en el cuartel Borgaño de la extinta Central Nacional de Información (CNI), entre el 1 de enero de 1984 y el 31 de diciembre de 1986 al solicitante.

El caso fue presentado ante el CPLT (rol amparo C7848-21) tras la negativa del organismo a la entrega de antecedentes como: el nombre del establecimiento penitenciario, identidad de la persona detenida y de quien haya hecho entrega del detenido. Lo anterior dado que, acorde a los alegatos del organismo ante la Corporación, esto resultaba imposible debido al estado de deterioro de los libros en los que se hicieron los registros y a la mala conservación de los mismos.

Acorde a la decisión del Consejo, las razones aludidas y que se vinculan con deficiencias en la gestión documental y archivística por parte de la entidad, son insuficientes y no están previstas entre las causales de denegación o excepciones que establece la Ley de Transparencia, por lo que la Corporación estableció la vulneración al derecho de acceso a la información pública.

En la decisión, el CPLT relevó que se trata “de información histórica de carácter pública” y que Gendarmería no pudo acreditar “suficientemente la inexistencia alegada por el órgano”. “A juicio de este Consejo resulta forzoso determinar que Gendarmería de Chile no ha realizado todas las búsquedas necesarias para entregar la información reclamada, no constituyendo una causal de reserva legal sostener por si sola la antigüedad de la información requerida, o deslizar someramente que no se cuenta con personal capacitado para dicha tarea, sin aportar elementos al respecto que permitan justificar su denegación de acuerdo a la normativa vigente”, agrega el Consejo en su pronunciamiento.
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