Senador Quinteros partidario de endurecer sanciones a responsables de carreras clandestinas

Partidario de endurecer las penas para conductores y organizadores de carreras clandestinas de automóviles se mostró el senador por la Región de Los Lagos Rabindranath Quinteros. No obstante, el parlamentario indicó que la penalidad propuesta debe revisarse para mantener coherencia con otros delitos sancionados en la Ley de Tránsito.

En el marco de la discusión del proyecto de ley que busca modificar la Ley de Tránsito, con objeto de sancionar a conductores y organizadores de carreras de vehículos no autorizadas por la autoridad competente, Quinteros indicó que, en su rol de alcalde de Puerto Montt, debió lidiar en más de una oportunidad con este tipo de actividades ilegales.

Indicó que, tal como se fundamenta en el proyecto de ley, este tipo de competiciones expone temerariamente no sólo a quienes participan en ellas, sino también a transeúntes y conductores que circulan por las pistas que se utilizan para estos fines, elevando con ello en forma considerable la posibilidad de accidentes, muchos de ellos con consecuencias fatales.

Precisó Quinteros que actualmente la legislación presenta un vacío, pues este tipo de carreras sólo son sancionadas con una figura genérica o residual de la ley de tránsito, asociada al exceso de velocidad.

El legislador indicó que con la nueva norma se pasaría de una infracción leve –de 8 mil a 20 mil pesos- a un delito penado con multas desde 4 a 12 UTM -desde 160 mil a 500 mil pesos- a lo que se agrega la suspensión de la licencia de conducir por un lapso de 2 a 5 años. En ese sentido señaló que deben revisarse las sanciones propuestas en el proyecto en comparación con otros delitos establecidos en la misma ley de manera de guardar una armonía en las disposiciones de dicho cuerpo legal.

Señaló que también debe aclararse la responsabilidad que cabe al conductor y al organizador de las carreras. “Según el proyecto, podría interpretarse que esta responsabilidad es conjunta o alternativa. A mi parecer la responsabilidad siempre será de ambos, agregando a ello la responsabilidad subsidiaria del dueño del vehículo”.

Quinteros puso de relieve que el proyecto no se hace cargo del Artículo 164 de la Ley de Tránsito según la cual el alcalde está habilitado para autorizar actividades deportivas en la vía pública aun cuando tengan un informe previo negativo de parte de Carabineros.

“Me parece que es menester relevar el informe técnico de la institución policial elevando el estándar de exigencia y dejando la decisión en el Concejo Municipal en caso de faltar el informe de Carabineros o que éste sea negativo. De este modo habría un mayor control y una revisión más exigente para otorgar esa autorización” explicó Quinteros, señalando que dicha situación se puede resolver modificando el inciso 1 del artículo 164 de la Ley de Tránsito.

La Sala del Senado analizó la norma este miércoles en primer trámite, tras lo cual se acordó profundizar dicho estudio de modo de escuchar a actores relacionados en la citada instancia.

Asimismo la discusión se centró en la pertinencia que la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento revise penalidad que se propone, y al mismo tiempo, ello no retarde la tramitación.


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