Ley de Transparencia

Com. 079 31/03/2009

Municipio de puerto montt sera mas riguroso en implementarla

El próximo 20 de abril comienza a regir la Ley 20.285 de Acceso a la Información Pública, que establece una serie de normativas tendientes a transparentar en su grado máximo el quehacer de todas las instituciones públicas del país.

Sin embargo, la Municipalidad de Puerto Montt contará antes de esa fecha con toda la información requerida por la ley, la que estará disponible a través del sitio web institucional www.puertomonttchile.cl.

Pero el municipio espera avanzar unos cuantos pasos adelante del cuerpo legal aprobado en agosto del año pasado y frente al que muchos municipios del país han declarado todavía no estar preparados. Sobre esa base, el municipio ya está trabajando en la implementación de 95 estándares de transparencia municipal, elaborados durante 2007 por Chile Transparente y la Asociación Chilena de Municipios, bajo la presidencia del propio alcalde Quinteros.

“Estos estándares –explica Quinteros- contienen todos los aspectos señalados por la Ley de Acceso a la Información Pública y agregan un conjunto de temas que aportan al desarrollo de la transparencia activa de la institución, de modo tal que el vecino pueda acceder a cualquier tipo de información pública de manera expedita y sin sentirse un intruso dentro de su propio municipio”.

Quinteros se muestra confiado en que la suma de las disposiciones de la Ley de Transparencia y la aplicación de los 95 estándares municipales contribuirán notoriamente a mejorar el acceso a la información acerca de la gestión municipal.

“Vamos a ser mucho más rigurosos que la propia ley sobre transparencia” afirma el alcalde, junto con explicar que los estándares de transparencia municipal involucran información que va desde los currículos de las autoridades electas hasta sus declaraciones de bienes, pasando por la votación nominal de cada concejal, los informes de viáticos de concejales, el resumen histórico de las cuentas públicas (3 últimos años), antecedentes y remuneraciones de los funcionarios de la corporaciones municipales, etc.

Varios de los temas incorporados en los 95 estándares de transparencia municipal ya están incluidos en la Ley deAcceso a la Información Pública por lo que la aplicación de éstos es complementaria a lo que establece el cuerpo legal.

El administrador municipal Raúl Manzano, responsable de la implementación para dar respuesta a la ley de transparencia, indicó que desde hace ya varios meses se está trabajando en la recopilación y ordenamiento del material, así como en el diseño del soporte web en el que se publicará la información, parte de la cual debe renovarse mensualmente.

“Nuestra meta es que, antes del 20 de abril, la Municipalidad de Puerto Montt cumpla en un 100 por ciento con los requerimientos establecidos por la ley y, adicionalmente, pueda ya exhibir algunos de los 95 estándares de transparencia propuestos en 2007 por la Asociación Chilena de Municipios y Chile Transparente”, señaló el administrador municipal, junto con precisar que para la implementación completa de los estándares, el municipio y Chile Transparente se han dado un margen de 9 meses.

“El itinerario es claro, el día 20 de abril tendremos a disposición de la comunidad a través de nuestro sitio web la totalidad de los requerimientos establecidos por la ley de transparencia y algunos de los estándares de Chile Transparente. La totalidad de ellos estarán a disposición de los vecinos durante los próximos meses”,señaló Manzano.

LO QUE PIDE LA LEY

La Ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública obliga a los municipios a informar en su sitio web acerca de una serie de procedimientos. Entre ellos se cuenta la estructura, facultades, personal –planta, contrata y honorarios-, remuneraciones, contrataciones de suministros de materiales, servicios, estudios, asesorías y consultorías relacionadas con proyectos de inversión, identificando a contratistas, socios y accionistas principales, actos o resoluciones que tengan efectos sobre terceros.

Se incluyen también nóminas de beneficiarios de los programas sociales en ejecución, presupuesto y ejecución, auditorias de todas las entidades en que participe y las transferencias de fondos públicos que efectúen, incluyendo todo aporte económico entregado a personas jurídicas o naturales.

La ley también establece que se informe sobre el diseño, montos asignados y criterio de acceso a los programas de subsidios y otros beneficios que entregue el respectivo órgano, además de las nóminas de beneficiarios de los programas sociales enejecución y los mecanismos de participación ciudadana, entre otras materias.

Para mayor información sobre la Ley 20.285 descargue:
http://www.munitel.cl/eventos/otros/juridico/agosto_2008/Ley20.285.pdf
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