- Según información entregada por Carabineros, el año 2021 en el damero central de Puerto Montt se cursaron 417 infracciones básicamente denuncias a los Juzgados de Policía Local de Puerto Montt y en total en la comuna 601 denuncias.
Sobre esta normativa, el Delegado Presidencial Regional, Carlos Geisse indicó que “nos hemos reunido con la Cámara de Comercio para informar y comentar esta nueva ley que sanciona el comercio ilegal, los distintos tópicos que tiene esta ley, como les va a influir a ellos en el comercio. Recordemos que con esta ley se aumentan las sanciones, se permite una mayor fiscalización por parte de los municipios y también por parte de Impuestos Internos y se aumentan considerablemente las sanciones hacia los involucrados en este comercio ilegal o falsificaciones y también al comercio ambulante en donde el municipio tiene que definir los lugares donde tiene que operar ellos a través de una ordenanza”.
Desde la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Puerto Montt, su presidente Eduardo Salazar, señaló que este es un importante avance, haciendo hincapié que debe estar regulado por una ordenanza que debe nacer desde el municipio, citando como ejemplo que una persona que esté comercializando, ropa u otro tipo de producto en la calle debe tener su factura de origen con un plazo no superior a 30 días. “Esta ley da herramientas para poder controlar pero se tiene que aplicar y tiene que ser respaldado por todos nosotros, porque hay una competencia desleal, el 30 por ciento del comercio en Chile es informal, la cámara de comercio aporta al municipio anualmente el 60 por ciento de los ingresos para su administración, no nos puede abandonar hay que regular los permisos precarios igual que la ubicación en las calles”, señaló el dirigente del comercio puertomontino.
Por su parte, el seremi de Economía, Francisco Muñoz, sostuvo que preliminarmente Impuestos Internos hasta antes de esta normativa no tenía la facultad de fiscalizar a quien no tuviera inicio de actividades e indicó que “ ese es un cambio rotundo en la ley, hoy día ellos puede solicitar primero la declaración de origen del producto en el caso de productos falsificados y segundo la guía o la factura de los productos que se están comercializando y si no los tiene regularizado aplica la multa directamente a través del Servicio de Impuestos Internos y en el caso de falsificación u otro delito de propiedad industrial puede solicitar al Ministerio Público que se ejerzan las labores penales respectivas”.
Finalmente, el Coronel Fernando Fajardo, Prefecto de Carabineros Llanquihue manifestó que “cuando es considerado una infracción se entiende que por infracción en el Código Penal la infracción no es un delito es una mera falta y por ende lo que corresponde es la denuncia al Juzgado de Policía Local. El año 2021 en el damero central de Puerto Montt se cursaron 417 infracciones básicamente denuncias a los Juzgados de Policía Local de Puerto Montt y en total en la comuna 601 denuncias”.
La nueva ley permitirá identificar y desbaratar a las bandas de crimen organizado, fortaleciendo la ley y sancionando la venta, reproducción, comercialización o receptación de productos falsificados o no autorizados.
Entre los delitos que considera el nuevo texto legal, se encuentra: la falsificación, reproducción o venta no autorizada de obras literarias, artísticas o científicas protegidas por la ley de propiedad intelectual; así como también de fonogramas, videogramas, discos fonográficos, cassettes, videocassettes, filmes o películas cinematográficas o programas computacionales protegidos por la ley de propiedad intelectual;la receptación y el uso malicioso y con fines comerciales de una marca comercial igual o similar a otra ya inscrita.
Asimismo, autoriza a las policías, inspectores municipales y a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos a fiscalizar el cumplimiento de las normas, pudiendo requerir los permisos municipales o sanitarios respectivos, así como los documentos que acrediten el origen de las especies que comercializan.
Para ello, cada municipio deberá establecer en sus respectivas ordenanzas municipales los lugares donde se podrá ejercer el comercio ambulante. Además, queda establecido que cada comuna debe contener al menos un sistema único de identificación personal, con registro fotográfico de la persona autorizada para ejercer dicho comercio.
ENTREGAS VIGILADAS PARA DESBARATAR BANDAS
El comercio ilegal, al igual como ocurre con otros delitos, como el tráfico de drogas, opera a través de asociaciones ilícitas, lo que dificulta la investigación y el acceso a pruebas judiciales.
Por lo anterior, el proyecto contempla la figura de “entregas vigiladas o controladas” como procedimiento de investigación. Se trata de permitir, con autorización de un juez de garantía, que el traslado o entrega de productos sospechosos o ilícitos siga su curso, mientras es vigilado por las policías y el Ministerio Público.
Se utilizará esta técnica de investigación sólo cuando se presuma fundadamente que facilitará la individualización de otros partícipes.
El Ministerio Público, podrá suspender en cualquier momento la entrega vigilada y solicitar al juez de garantía que ordene la detención de los partícipes y la incautación de las especies e instrumentos.
Cuando el comercio ilegal se dirija o provenga desde el exterior, la entrega vigilada o controlada se adecuará a los acuerdos o tratados internacionales adoptados por Chile.
La iniciativa fue ingresada a tramitación en junio del año 2007 y luego de más de 14 años de tramitación se aprobó en el Congreso a fines del año pasado.