- El seremi de Economía, Fomento y Turismo, Luis Cárdenas, y el Coordinador Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), Fernando Fuentes Spuler, destacaron que la normativa dispone de nuevos procedimientos simplificados para que las empresas de menor tamaño con problemas financieros puedan, como primera opción, reorganizar sus deudas a bajo costo y con menos trabas burocráticas.
Las autoridades detallaron que la nueva normativa tiene un enfoque ciudadano, ya que busca disminuir la pérdida social y económica de la sociedad bajo cuatro pilares: la creación de procedimientos simplificados de rápida tramitación y bajos costos de administración para personas, micro y pequeñas empresas; el incentivo al reingreso del deudor al sistema crediticio; la incrementación de tasas de recuperación de créditos; la promoción de reestructuraciones de pasivos y la agilización y facilitación de procedimientos.
El seremi de Economía, Luis Cárdenas, señaló que "esta ley constituye un gran avance para la reorganización financiera de las Micro pequeñas y Medianas empresas de nuestro país, las que con regularidad sufren las adversidades y desprotección cuando deben hacer frente a situaciones complejas de solvencia financiera. Esta nueva ley de Insolvencia entregará para un grupo importante de deudores procedimientos simplificados que permitirá sostener su viabilidad productiva de empleo y financiera, ello considera extensión de plazos para protección financiera, disminución de los costos de entradas con la eliminación de los certificados de deudas de un auditor externo y la reducción de honorarios del veedor, entre otros".
Asi mismo, Cárdenas señaló que "igualmente se verán favorecidas las personas naturales dado que ahora podrán renegociar aplicando un procedimiento simplificado y gratuito que será tramitado íntegramente por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento".
Por su parte, el Coordinador Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) en Los Lagos, Fernando Fuentes Spuler explicó "la reforma apunta a una preocupación amplia que permite la continuidad de la pequeña y mediana empresa que son las que más presencia tienen en el mercado, cerca del 98% de las empresas. Y además tienen más mano de obra generada, en Chile cerca del 65%. Dentro de los pilares de esta nueva modificación de ley es que se crearon procedimientos concursables simplificados que son de rápida tramitación y de bajo costo de administración para las personas, también para las micro y pequeñas empresas. Recordemos que esta ley está pensada para beneficiar a las micro y pequeñas empresas, pero también para las personas naturales".
Otro de los pilares fundamentales de esta ley, señaló Fuentes "es que se incrementa la tasa de recuperación de los créditos promoviendo las reorganizaciones siempre cuando la empresa sea viable, pero cuando la empresa deja de ser viable el objetivo es disminuir la perdida de sociedad y económica de sociedad a través de una reasignación eficiente de los recursos mediante el procedimiento concursal de liquidación".
"Respecto de las personas naturales también hubo modificación en cuanto a los requisitos de entrada, antes de la entrada en vigencia de esta nueva ley se exigía que las personas naturales no pudiesen emitir boletas de honorarios para poder renegociar, hoy con esta nueva ley se ha eliminado este requisito de la exigencia de boletas de honorarios para poder renegociar. La renegociación es un procedimiento gratuito para las personas y es administrativo, se tramita exclusiva e íntegramente ante la superintendencia de insolvencia y reemprendimiento y el objetivo es precisamente establecer nuevas condiciones de pago, en mejores términos, pero exclusivamente para las personas naturales. Con estas modificaciones legales se espera que los procedimientos de renegociación aumenten entre un 25 a un 40% más de lo que hoy día tramitamos en Chile", destacó Fuentes.
Además, la reformada normativa introduce mejoras para reducir trámites redundantes (como las audiencias separadas de derecho a voto y la constitutiva de la liquidación) y facilita el uso de la tecnología (por ejemplo, autorizando la realización de juntas de acreedores en forma remota), con la finalidad de hacer más expedito el desarrollo de los procedimientos.