Corte de Apelaciones de Santiago ratificó decisión del CPLT que ordenó entregar información sobre migrantes fallecidos en Chile


Tras rechazar el reclamo de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia interpuesta por el Servicio de Registro Civil e Identificación, la Corte de Apelaciones de Santiago (Rol Nº 379-2021) ratificó la calidad de pública de información relativa a personas extranjeras fallecidas entre enero de 2019 y febrero de 2021 incluyendo variables como nacionalidad, sexo, edad y causa de muerte.

El caso fue presentado por el solicitante ante el CPLT luego de que el Registro Civil derivara el requerimiento al Departamento de Estadísticas e Información de la Salud (DEIS), dependiente del Ministerio de Salud (MINSAL), afirmando que –acorde a lo que se lee en documentos vinculados al amparo rol C1830-21- ésta era la “única entidad técnica que puede concluir en la real y básica de causa de muerte de una persona, y no el Servicio de Registro Civil e Identificación que no cuenta con la competencia legal ni técnica para dicha determinación”.

Entre otras cuestiones, el Consejo consideró “improcedente la derivación efectuada” por el órgano reclamado al Minsal, puesto que la información está en poder del Registro Civil y entre otras funciones, dicha entidad debe formar y mantener actualizados, entre otros registros, los de defunción. Dicho criterio fue compartido por el Tribunal, en el sentido de señalar que si el órgano es competente para entregar la información debe hacerlo, aun cuando dicha información también se encuentre en poder de otro órgano.

El fallo pronunciado por la Octava Sala del máximo tribunal -presidido por el ministro Alejandro Rivera e integrada por el ministro (s) Rodrigo León y el abogado integrante Rodrigo Montt- aún podría ser impugnado por el Registro Civil e Identificación, que tiene plazo hasta el 30 de diciembre para interponer un recurso de queja contra los ministros integrantes ante la Corte Suprema.
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