- Puerto Montt. Departamento de Medio Ambiente fiscalizó ducto que arroja riles directamente a la playa, existiendo plantas de salmones en las proximidades. Situación ya había sido denunciada en 2018.
La situación anómala, que cuenta con numerosos videos tomados por pescadores artesanales, muestra la descarga de líquidos de origen desconocido que, de acuerdo a la versión de los afectados, presenta olores pútridos que impiden la vida normal en el sector y afectan el medio marino, complicando las labores de pesca, por los riesgos de consumir productos contaminados.
En el lugar, el jefe del Departamento de Medio Ambiente del municipio Pablo Triviño lamentó las malas prácticas de empresas, “ya que constatamos descarga ilegal de riles. Vamos a denunciar nuevamente a los organismos competentes: Armada, porque para hacer descargas en terreno de playa debe haber concesión; Sernapesca, por los posibles daños en recursos hidrobiológicos; y autoridad sanitaria, por las posibles irregularidades tras el otorgamiento de los permisos sanitarios”.
Consultado sobre el tema, para el Alcalde Gervoy Paredes la situación es preocupante y se pondrá a disposición de los afectados los recursos municipales “ya que somos un municipio pro activo, en sintonía con la gente y sus problemas. Vamos a apoyar a esta comunidad que sufre este tipo de abusos que, además, destruye nuestro patrimonio natural y afecta empresas que desarrollan sus actividades en el sector”, explicó.
VECINOS
Para Bernardo Bucarey, vecino y colono con 55 años de residencia en el lugar, la situación es insostenible “ya que me viene afectando por años, debido a los olores y moscas. No hay fiscalización y sigue ocurriendo. Ha venido gente de la Armada y pusieron un tapón, pero eso duró poco. Con las organizaciones buscaremos caminos para terminar con esto”, afirmó.
En una serie de videos captados por los vecinos se aprecia la descarga directa a la playa, de aguas que en el sondeo realizado en terreno arrojaron altos niveles de contaminantes.
LEY
Con la Ley 21.132, que sustituyó la Ley 20.393, se sustituyó el antiguo tipo penal de contaminación de la ley de pesca y se castiga ahora al que sin autorización, o contraviniendo sus condiciones o infringiendo la normativa aplicable, introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos.
La pena asociada es presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a cinco años) y multa de 100 a 10.000 unidades tributarias mensuales (UTM), sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes.
La norma citada tipifica también la conducta negligente. Se castiga, entonces, al que por imprudencia o mera negligencia ejecutare las conductas descritas en el inciso anterior y se sanciona con presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de 50 a 5.000 UTM, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes.