Presidenta del CPLT advierte: «la ficha clínica contiene datos sensibles que no pueden darse a conocer por terceras personas sin autorización»

  • La titular del organismo fue consultada sobre la difusión de una supuesta ficha clínica que un recinto de salud habría generado tras una visita del abanderado Gabriel Boric, que el candidato negó haber realizado.
  • Explicó que la normativa es clara en establecer la prohibición de acceso a este tipo de registros por parte de personas que no sean el titular de los datos y de situaciones excepcionales en las que podría permitirse.
Luego de difundirse en un medio digital detalles de la supuesta ficha médica del candidato de apruebo dignidad, Gabriel Boric, y que este mismo diera a conocer vía redes sociales los resultados de su examen PCR, la presidenta del Consejo para la Transparencia (CPLT), Gloria de la Fuente, apuntó a la necesidad de proteger adecuadamente los datos personales y sensibles -como son los datos de salud- de las personas.

La máxima representante del CPLT explicó que publicar y difundir información sobre el estado de salud de una persona, como es el caso de síntomas de Covid-19 o diagnósticos o información asociada, tienen una protección mucho más estricta en la legislación al tratarse de datos personales sensibles. Agregó que el tratamiento de los datos sensibles se encuentra regulado por la ley de protección de datos personales y la Constitución, tras su reconocimiento como derecho fundamental.

Aunque reconoció que la ley que resguarda los datos personales “requiere actualización, establece claramente quién está autorizado para tratar los datos personales sensibles, entre los que se incluyen los datos de salud”. Al respecto, la norma general es que estos datos no pueden ser objeto de tratamiento, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares”.

Acceso a la ficha clínica restringido

Tras ser consultada por el acceso que habría declarado tener un medio de comunicación a la ficha clínica del abanderado –lo que fue desmentido por el propio Boric y por el recinto hospitalario mencionado en la nota publicada en la nota que se difundió-, detalló que este tipo de registros también se encuentran bajo especial protección. Explicó que tanto el contenido como el acceso a información registrada en la ficha clínica de un paciente, regulada por la Ley N°20.584, sobre derechos y deberes del paciente, consigna expresamente los casos y condiciones en los que sólo excepcionalmente se puede acceder a esta información.

Sobre el particular aclaró que la ficha clínica contiene datos sensibles que no pueden ser dados a conocer por terceras personas sin autorización.

La presidenta del Consejo comentó que la Ley de derechos y deberes del paciente, asociada a las atenciones de salud, establece salvaguardas relativas al uso de datos personales y sensibles que quedan en este tipo de registros. Ante ello, fue enfática en señalar que de comprobarse la veracidad del documento y su filtración a terceros se estaría ante una vulneración explícita a lo regulado por la ley de derechos y deberes del paciente, al haberse permitido el acceso a su contenido a terceros que no se encuentran expresamente establecidos en la ley.

Aclaró que “terceros que no estén directamente relacionados con la atención de salud de la persona no pueden tener acceso a la información contenida en la ficha clínica, esto incluye al personal que no estuvo vinculado con la atención del paciente”. Esto, dado que la norma es clara en establecer que sólo podrían acceder a este registro el titular de los datos; sus herederos, en caso de fallecimiento del titular; terceros debidamente autorizados por el titular mediante un poder simple autorizado ante notario, entre otras situaciones que se detallan.

Desinformación

La titular del CPLT finalizó comentando que otra cuestión preocupante es el uso masivo, ilegitimo y abusivo de los datos personales contenidos en plataformas digitales en el marco de las campañas, “muchas veces con el objetivo de afectar el normal funcionamiento del proceso de deliberación política” y la arista de desinformación que podría derivar de este caso.
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