El Intendente Regional, Carlos Geisse, y el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Fernando Gebhard, anunciaron que desde el pasado 1 de junio de este año ya está en vigencia la Ley 21.271 que adecúa el Código del Trabajo en materia de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en el mundo del trabajo.
“Importante ley que viene a cuidar y proteger a nuestros niños. Dentro de los importantes conceptos que tiene esta ley es que ya no se habla de menores de edad, sino que las personas de menos de 14 años se llamarán niños y niñas; y cuando cumplan 14 años son adolescentes sin edad para trabajar. Entre los 15 y los 17 ya serán adolescentes con edad para trabajar. Este nuevo vocabulario vamos a tener que empezar a aprender para así diferencia a nuestros niños y niñas”, manifestó el Intendente Geisse.
Por su parte el Seremi del Trabajo Gebhard dijo que “Recordemos que esta ley fue promulgada en octubre de 2020, por lo que su entrada en vigencia es una buena noticia. Con esta ley buscamos fortalecer la normativa nacional y adecuarla a los estándares internacionales. Y por supuesto nuestro principal objetivo es proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes”.
Esta ley tiene 5 pilares fundamentales, “en la que por ejemplo se amplían los requisitos para la contratación de adolescentes con edad para trabajar, avanzando hacia la protección de sus derechos y de la compatibilización positiva del estudio/escuela, trabajo, descanso, y al desarrollo de labores catalogadas como ligeras y en la que se fortalece las multas asociadas al incumplimiento de la normativa, diferenciando el tipo de incumplimiento y el tamaño de la empresa”, agregó el titular de la cartera de Trabajo en Los Lagos.
En este sentido, en Los Lagos, Miembros del Comité Regional Contra el Trabajo Infantil, liderados por el Seremi del Trabajo participaron en capacitación realizada por el Departamento de Erradicación del Trabajo Infantil
Pilares de la Ley:
1. Una adecuación conceptual donde ya no se hablará de “menores de edad” sino de niños y niñas (personas menores de 14 años), adolescentes sin edad para trabajar (14 años) y adolescentes con edad para trabajar (entre 15 y 17 años);
2. Ampliación de los requisitos para la contratación de adolescentes con edad para trabajar; avanzando hacia la protección de sus derechos y de la compatibilización positiva del estudio/escuela, trabajo, descanso, y al desarrollo de labores catalogadas como ligeras.
3. Ampliación de los requisitos para la contratación de niños/as y adolescentes en el espectáculo, es decir, que ya no bastará solo con la autorización de sus padres y del Tribunal de Familia. Así fortalecemos la protección de sus derechos.
4. En sus artículos 18 bis, ter y quáter, fortalece las multas asociadas al incumplimiento de la normativa, diferenciando los valores de la multa según el tipo de incumplimiento y el tamaño de la empresa.
5. Actualización del reglamento que establece el listado de trabajos considerados como peligrosos que no pueden desarrollar los adolescentes con edad para trabajar en ninguna circunstancia. Este nuevo reglamento además contempla la definición de directrices para empleadores y establecimientos educacionales para promover la contratación protegida de adolescentes y la protección de sus derechos.
Si quiere consultar en detalle la Ley 21.271 puede hacerlo en el link https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1150357.
Estas actividades están enmarcadas en la conmemoración del Día Mundial Contra el Trabajo Infantil el próximo 12 de junio.