- Serán miembros permanentes del Comité Regional respectivo: El delegado presidencial regional, el gobernador regional. el director regional del servicio. los secretarios regionales ministeriales de la región respectiva, de aquellos ministros que conforman el Comité Nacional, y en su defecto, un representante que designe el ministro respectivo de los servicios de su dependencia que sean esenciales para la Gestión del Riesgo de Desastres. la autoridad militar que, para estos efectos, designe el Ministro de Defensa Nacional. el jefe de zona de Carabineros de Chile que corresponda a la Región y la autoridad regional de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.
De la instancia pionera participó el Delegado Presidencial Regional de Los Lagos, Carlos Geisse, quien destacó el trabajo efectuado en los COE realizados durante la emergencia. “El General Eguía hizo un balance de los 561 días de trabajo intenso, donde el apoyo importante de la Fuerza Armada y de Orden estuvo orientado en la fiscalización, en el resguardo y el control del orden público y de la ciudadanía, pero también en el apoyo en las cajas de alimentos, el traslado de las vacunas, resguardo y control”.
Agregó que en esta nueva instancia “se actuará en coordinación con el gobernador regional, oyendo además a otras entidades y organismos públicos y privados, necesarios para abordar temas relevantes en la Gestión del Riesgo de Desastres”.
El Jefe de la Defensa Nacional, General Cristian Eguía, sostuvo que hoy día se hizo de una manera simbólica la entrega administrativa de la Jefatura de Defensa al Delegado Presidencial, con el traspaso de 175 resoluciones que establecían las restricciones diarias en las diferentes comunas, toque de queda, horarios, aduana sanitarias, cordón sanitario, acciones y medidas implementadas durante la pandemia.
En la ocasión, el General Eguía dio a conocer las cifras del trabajo realizado por las Fuerzas Armadas, Carabineros y Policía de Investigaciones que significó la realización de 12 millones 200 mil fiscalizaciones, “que equivale a fiscalizar catorce veces a cada persona de la región, ya que la población es de 890 mil habitantes y un total de 39 mil 800 detenidos que no cumplió con las reglas el artículo 318 que pasaron a control de detención y posteriormente a través de la fiscalía respectiva”.
El Gobernador Regional, Patricio Vallespín aseguró que “estamos iniciando el proceso de la nueva institucionalidad de emergencia, esperemos que lo convoquemos pocas veces, tenemos que estar para que en su minuto poder enfrentar ocurrencia de este tipo tengamos unidad de mando. Muy positiva reunión ha quedado claro van a ver instructivos qué hay que generar, concordar tareas, creo que vamos a actuar muy coordinadamente”.
Por su parte el director regional de la ONEMI manifestó la importancia de esta nueva instancia de coordinación regional, ya que “sigue los lineamientos de la nueva institucionalidad que dispone la creación del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, dando continuidad a la operacionalidad y la coordinación de las actividades en emergencia vamos a conformar lo que se denomina el comité regional que tiene una conformación en términos generales muy similar y además se incorpora a la actividad de la configuración de este comité el Gobernador Regional de Los Lagos”.
COGRID (Comité para la Gestión del Riesgo de Desastres)
El Comité Regional para la Gestión del Riesgo de Desastres, que se constituye en cada una de las regiones, se encargará de la planificación y coordinación del Sistema a nivel regional, además de constituirse y ejercer las funciones descritas en la ley y el reglamento para abordar las fases del ciclo del riesgo de desastres.
Serán miembros permanentes del Comité Regional respectivo: a) El delegado presidencial regional, quien lo presidirá. b) El gobernador regional. c) El director regional del servicio. d) Los secretarios regionales ministeriales de la región respectiva, de aquellos ministros que conforman el Comité Nacional, y en su defecto, un representante que designe el ministro respectivo de los servicios de su dependencia que sean esenciales para la Gestión del Riesgo de Desastres. e) La autoridad militar que, para estos efectos, designe el Ministro de Defensa Nacional. f) El jefe de zona de Carabineros de Chile que corresponda a la Región. g) La autoridad regional de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.
En las Fases de Mitigación y Preparación, el delegado presidencial regional actuará en coordinación con el gobernador regional. En dichas fases, podrá convocar al Comité Regional, para ser oídos, a otras entidades y organismos públicos y privados necesarios para abordar temas relevantes en la Gestión del Riesgo de Desastres. En particular, podrá convocar a organismos, tales como la Secretaría Regional de Desarrollo Social y Familia respectiva, la Dirección Regional del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, del Servicio de Cooperación Técnica, y los organismos técnicos establecidos en el literal b) del artículo 38 de esta ley.
En las Fases de Respuesta y Recuperación, el delegado presidencial regional, a propuesta del director regional del servicio, podrá convocar, para ser oídos, además de los permanentes, a los organismos públicos y privados con las competencias técnicas que resulten estrictamente necesarias para abordar la emergencia, según sean sus características, nivel de peligrosidad, alcance y amplitud de la misma, en la forma que determinen los protocolos celebrados entre los organismos competentes y el Servicio, en conformidad a los términos establecidos en el reglamento.