- El derecho a retracto se podrá ejercer en un plazo de 10 días corridos desde que se completa la primera publicación de los resultados de las postulaciones, es decir, entre el 21 y el 30 de enero.
- SERNAC y la SES trabajarán de manera coordinada para monitorear y resguardar el debido cumplimiento de este derecho.
A partir de este martes 21 y hasta el próximo jueves 30 de enero, las y los estudiantes que ingresan a primer año de la educación superior, tendrán plazo para poder ejercer el derecho a retracto, el cual les permite desistir de algún contrato firmado previamente con otra institución educacional.
Según explicó Fernanda Gajardo, Directora Regional de SERNAC Los Lagos, para ejercer esta facultad, los estudiantes deben acreditar encontrarse matriculados en una segunda entidad de educación superior. Para ello deben presentar -ante la institución en la que se matricularon originalmente-, el comprobante de la segunda matrícula junto a una fotografía de la cédula de identidad vigente por ambos lados, y una carta formal manifestando que ejercen este derecho legal
Lo anterior dado que la Ley del Consumidor (LPC) establece que quienes ingresan a primer año de una carrera de pregrado, ya sea en una universidad, centro de formación técnica (CFT) o instituto profesional (IP), que se hayan matriculado en otra institución y que quieran cambiarse, puedan hacerlo luego de conocer los resultados de las postulaciones a las instituciones que forman parte del Sistema de Acceso a la Educación Superior.
De esta forma, existirá un plazo de 10 días corridos para ejercer el derecho a retracto que, este año 2025, será entre el martes 21 hasta el jueves 30 de enero.
Este derecho corre tanto para quienes se matricularon antes de conocer los resultados de las postulaciones, como para quienes lo hicieron durante el primer proceso y prefieren la institución en la que quedaron asignados durante la segunda etapa.
Por esta razón, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) y la Superintendencia de Educación Superior (SES) trabajarán de manera coordinada para monitorear y resguardar el debido cumplimiento de este derecho en caso de ejercerlo.
El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, señaló que “es muy importante que las y los estudiantes que ingresan a su primer año de universidad, se informen adecuadamente sobre este derecho, ya que permite resguardar a quienes ya se matricularon en otra institución para asegurar un cupo”.
El Superintendente de Educación Superior, José Miguel Salazar, destacó que “el derecho a retracto es una importante herramienta que tienen los postulantes a la educación superior para tomar una mejor y más informada decisión respecto de su futuro. En ese contexto, la Superintendencia de Educación Superior hace un llamado a todas las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica del país a respetar el derecho a retracto y a adoptar las medidas necesarias para que todos los postulantes puedan seguir sus estudios donde estimen conveniente”.
Durante el año 2024, SERNAC recibió un total de 159 reclamos relacionados con el derecho a retracto en educación superior, siendo las más reclamadas las universidades, por sobre los Centros de Formación Técnica y los Institutos Profesionales.
Lo anterior solo equivale a un 4,7% del total de reclamos (3.389) ingresados contra alguna institución de educación superior durante el año recién pasado, lo que, además, equivale a una baja incidencia en relación con otros motivos de reclamo.
SI UTILIZO EL DERECHO A RETRACTO ¿QUÉ DEBE HACER LA PRIMERA INSTITUCIÓN EN LA QUÉ ME MATRICULÉ?
• Debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, dentro del plazo de 10 días corridos desde que se ejerció el derecho de retracto.
• Podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.
• No podrá cobrar por los servicios respecto de los cuales desististe.
PASO A PASO PARA EJERCER EL DERECHO A RETRACTO
• El primer paso es presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.
• Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha. Los usuarios pueden acceder a un formato de carta visitando www.sernac.cl/retracto o www.sesuperior/retracto. Las instituciones deberán otorgar las facilidades para gestionar las solicitudes de retracto de manera remota.
• Si los documentos se entregan personalmente, se deben llevar dos copias de cada uno (carta y nueva matricula) y pedir que se timbre la recepción de ambos, con fecha, hora y nombre de quien la recibió, para que el alumno la guarde como comprobante.
• Si los documentos se envían scaneados o fotografiados, debe remitirse al correo que la universidad indique, pero siempre pidiendo comprobante de recibo. Y si el retracto se ingresa a través de la web de la institución educativa, también debe guardarse un comprobante de la solicitud.