CPLT ordena a Carabineros entregar datos de detenciones derivadas del estallido social


  • Se solicitó información sobre los detenidos -sexo y edad- y la detención -causal, organismo que la realizó y lugar en la que se efectuó-, entre otros antecedentes.

El Consejo para la Transparencia (CPLT) ordenó a Carabineros entregar información estadística relacionada con detenidos y detenciones realizadas entre el 18 de octubre y el 18 de diciembre de 2019 a partir del estallido social. Lo anterior, derivado de la decisión de su Consejo Directivo de acoger el amparo rol C548-20 presentado en contra de la policía uniformada tras no acreditarse la inexistencia de la información a la que aludió el organismo reclamado para no entregar la totalidad de los antecedentes requeridos vía solicitud de acceso.

Carabineros tampoco habría logrado demostrar ante el Consejo la afectación al debido cumplimiento de las funciones del órgano reclamado. Esto tras los descargos de la institución, que alegó la dificultad que implicaría la revisión de 9.500 partes policiales, con antecedentes de más de 19.000 detenidos.

La policía uniformada respondió parcialmente al requerimiento de información haciendo entrega de un archivo Excel conteniendo: fecha de detención, género, edad y delito. Sin embargo, indicó que no era el órgano competente para responder a la totalidad de la solicitud, puesto que existen antecedentes que estarían en poder de otras entidades -como el Ministerio de Defensa Nacional, Policía de Investigaciones, y Ministerio Público-. Asimismo, afirmaron que la entrega de parte de la información podría impactar en procesos investigativos.

Entre los antecedentes requeridos se contempla información sobre sexo y edad de las personas detenidas; fecha, causa y delito por el cuál fue detenido; y otros detalles vinculados al proceso de detención tales como: personal que la efectuó -incluyendo el organismo de dependencia-, lugar en que se realizó y dónde habría sido derivado. Asimismo, se solicitó información respecto de procedimientos posteriores relacionados con su paso o no a control de detención y si mantiene medidas cautelares.

Registros de detenidos son públicos

Un fallo de la Corte Suprema -pronunciado en mayo de este año-, ratificó la publicidad del registro público de detenidos, justamente en el marco de las detenciones ocurridas durante el estallido social del año pasado, instruyendo a Carabineros a mantener en el recinto policial un listado de personas detenidas en un lugar de libre acceso. Asimismo, el CPLT realizó en 2019 una fiscalización a las reparticiones de la policía uniformada en distintas regiones para constatar el acceso público por parte de cualquier persona que lo solicite de los registros de detenidos.
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