domingo, julio 11, 2021
2° Txawün de Autoridades Ancestrales Mapuche abordó restricciones para Libre Ejercicio del Sistema de Salud Mapuche
En Remehue a 08 de julio del 2021, en la Recuperación del Liceo Técnico Profesional Remehue, se realizó 2° Txawün de distintas autoridades ancestrales mapuche del territorio en un contexto autónomo, como continuación de las demandas de los pu lawengelu al Estado de chile, debido a la imposición de su estado de excepción y las restricciones impuestas en todos los territorios del wallmapu por la pandemia Covid-19, no permitiendo el libre ejercicio de la salud mapuche.
Las autoridades pu Machi, pu Lawentujo, pu Lonko, reunidos en este txawün se comprometen a continuar estas instancias de conversaciones, tal cual lo hicieran nuestros futakecheyem, como una manera de fortalecer nuestra forma de organización mapuche, de manera autónoma como pueblo, fuera de la manipulación de las instituciones gubernamentales, ya que con sus restricciones o sin ellas, se continuara ejerciendo el lawentun mapuche como se ha venido realizando desde tiempos inmemoriales.
Se conversó y analizó una carta enviada con sus demandas al estado de Chile, el día lunes 05 de julio, la cual exige los siguientes puntos:
El sistema de Salud Mapuche, tiene sus características propias y autónomas, que se ha venido desarrollando por miles de años en nuestros territorios, y ante las dificultades de movilidad para hacer efectivo el ejercicio de nuestro sistema, sobre todo en el desplazamiento para especialistas de salud mapuche (machi, lawentuchefe, ngutalchefe, etc.) y de quienes colaboran como acompañantes brindando la asistencia necesaria a los sanadores, para la atención de salud a pacientes, es que en contexto de la pandemia exigimos implementar, para garantizar el acceso de personas mapuche y no mapuche a la salud, en realidades territoriales con problemas de conectividad, para el uso de internet, teléfono y el manejo efectivo de la tecnología, la emisión de certificados en formato papel extendidos por los Servicios de Salud. Uno permanente para especialistas mapuche y sus acompañantes, hasta que se levante la alerta sanitaria considerando que se asume que el modelo de salud de cada sanador y machi es en sí mismo un dispositivo de atención que trabaja en complementariedad con la salud pública en ciertas ocasiones. Y otro para las personas mapuche y no mapuche que hacen uso de nuestro sistema de salud que duré el tiempo necesario para sus movilidad a lugares rurales. Se sugiere conocer la modalidad utilizada por el Servicio de Salud Del Reloncaví.
Que estos permisos deberán considerar que los desplazamientos se requieren para la extracción de lawen (medicina natural), que se deben buscar en distintos territorios de acuerdo a las necesidades de cada paciente, y estos pueden ser realizados tanto como por sus familiares, como por personas ajenas a la familia y/o personas que asisten a los sanadores, y los cual podría involucrar el traslado de lawen de territorios muy alejados, desde la costa al interior, tanto interregional como internacional.
Que las acciones de salud Mapuche se realizan tanto en la ruralidad como en el contexto urbano, por lo que se requiere desde el estado, el respaldo de estas atenciones de salud a través de un documento, en que las instituciones policiales puedan tomar conocimiento de esto, para evitar dificultades al momento de realizar estas atenciones. Considerar que las ceremonias colectivas, tales como guillatún, kamarikun, lepun, eluwün, llellipun, entre otros, son parte de la salud mapuche, por lo tanto, son muy importante desarrollarlas como pueblo, por lo que, restringir el acceso de las personas a través del aforo, también limita el libre ejercicio de la salud mapuche.
Que se disponga de un permiso especial de atención de salud mapuche en Comisaría Virtual para quienes dispongan de buena conectividad, por una cantidad de horas mínima de 12 a 24 hrs. debido a la dispersión geográfica y alta ruralidad de los lugares de residencia de los sanadores y autoridades espirituales. Es necesario que lo anterior se coordinación entre el Ministerio de Salud y Ministerio del interior.
Que en casos en que sea necesario se coordinen los Estados Chileno y Argentino a través de sus respectivos consulados para autorizar el tránsito de los Machi y/o sanadores y pacientes en casos especiales, hacia el Puelmapu (Argentina) y desde Puelmapu (Argentina) hacia Ngülumapu (Chile) para la atención de pacientes que se encuentran con tratamiento pendiente, interrumpido por la pandemia o lo solicitan por primera vez.
Para el beneficio y bienestar del paciente en contexto COVID y no COVID–19 es necesario validar las indicaciones de descanso y recuperación indicadas por un sanador y machi a través de una coordinación ministerial que indique a los Establecimientos de salud la instrucción de que facultativos médicos puedan otorgar licencias médicas en los casos necesarios.
Facilitar las condiciones para que se pueda asegurar la atención intrahospitalaria de quienes soliciten atención con pertenecía cultural e ingreso de lawen (medicina mapuche) y de sanadores o autoridades espirituales cuando se solicite por parte del paciente y/o familiares, contemplar las necesidades de los pacientes mapuche en su buen morir, cuando estos soliciten el retorno a su sruka (casa), para la despedida de sus familiares y posterior eluwün (funeral).
Permitir el ingreso de agentes sanadores mapuche y de lawen (medicina mapuche) a las cárceles, respetando el derecho para todas las personas privadas de libertad, pertenecientes a pueblos originarios, de ejercer nuestra propia creencia espiritual y ceremonial en el interior (y exterior) de las cárceles del país, cuestión que es igualmente URGENTE debido a las restricciones que se ha vivido en esta pandemia dentro de los centros penitenciarios. Al igual que el Derecho a habitar módulos exclusivos para miembros de pueblos indígenas en las cárceles del país, acorde con nuestras vidas y costumbres.
Que en instancias de mesas técnicas COVID – 19 nacionales y regionales exista presencia de representantes de pueblo originario a fin de garantizar la participación y enfrentar adecuadamente la crisis sanitaria.
En caso de no tener respuesta favorable se evaluarán medidas legales que nos amparen para proteger nuestro sistema de salud.