- La normativa beneficiará a cerca de 130 mil trabajadores del sector, en su mayoría mujeres, los que mantendrán una cuenta de indemnización a todo evento, al tiempo que acceden al seguro con los mismos requisitos que se exigen a los trabajadores de contrato indefinido.
La normativa tiene por objetivo beneficiar a un universo de aproximadamente 130 mil trabajadores de este sector, en su mayoría mujeres, y mantiene la indemnización a todo evento, pero redistribuyendo la actual cotización del 4,11% que hacen sus empleadores, en dos partes: una para el Seguro de Cesantía (2,2% para una cuenta individual y un 0,8% para el fondo de cesantía solidario) y 1,11% para indemnización a todo evento.
“Estamos muy contentos con esta ley. Es una gran noticia para nuestras trabajadoras de casa particular que han sido especialmente golpeadas por los efectos económicos de esta pandemia. Desde que se inició la emergencia buscamos ayudarlas. Escuchamos sus demandas y ahora, con un amplio respaldo del Congreso, podemos responder a una de sus mayores aspiraciones que era incluirlas en el Seguro de Cesantía”, manifestó el Seremi del Trabajo y Previsión Social en la región de Los Lagos, Fernando Gebhard.
“Los nuevos contratos celebrados con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley se regirán por la nueva normativa, y los fondos ahorrados en las cuentas individuales de indemnización en las AFP antes de la entrada en vigencia de la ley se mantienen intactos”, agregó Gebhard.
La iniciativa incorpora a las trabajadoras de casa particular a la Ley del Seguro de Cesantía, a partir de la entrada en vigencia de la ley, lo que se verificará a partir del 1 de octubre, tanto para los nuevos contratos como para los existentes a dicha fecha, manteniendo las reglas actuales para la cuenta de indemnización a todo evento.
A partir de ese momento, las trabajadoras de este sector podrán acceder a las prestaciones con cargo a la Cuenta Individual por Cesantía (CIC) y al Fondo de Cesantía Solidario FCS), cumpliendo los mismos requisitos de cotizaciones que se exigen a los trabajadores sujetos a contrato indefinido de acuerdo a la ley que flexibilizó los requisitos de acceso al Seguro de Cesantía, y mejoró la Ley de Protección del Empleo. Esto es: solo tres cotizaciones continuas anteriores al término de su contrato o 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas en los últimos 12 meses, siempre y cuando las últimas 2 hayan sido continuas y con el mismo empleador.
La ley además establece el derecho a traspasar los fondos de las cotizaciones para indemnización en las AFP, al Seguro de Cesantía, a fin de que puedan acceder lo antes posible a los beneficios de la nueva ley. Esto significa que podrán traspasar parte o todo de los fondos que tengan en sus actuales cuentas de indemnización. Así, por ejemplo, una trabajadora de casa particular que recibe un sueldo equivalente al Ingreso Mínimo Mensual, requerirá traspasar en torno al 3% de sus remuneraciones por tres meses, para acceder a las prestaciones del Seguro de Cesantía. Es decir, con aproximadamente $30 mil pesos, cumplirá con los requisitos de cotizaciones para acceder a las prestaciones del Seguro.
Según algunas estimaciones, considerando los datos de cotizaciones aportadas a las cuentas obligatorias para pensiones en las AFP, un 91% de los trabajadores de casa particular podrían traspasar la cantidad de cotizaciones mínimas que les permita acceder a las nuevas prestaciones en forma acelerada.