viernes, diciembre 19, 2008

Gobierno llama a respetar descansos de trabajadores

Puerto Montt, 19 de diciembre, 2008

Un llamado a los empresarios y empleadores a cumplir con los descansos laborales durante las fiestas de Pascua y Año Nuevo, consagrados en los derechos de los trabajadores, realizó el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Fernando España.

Fernando España informó que entre las fechas del 10 al 23 de diciembre, sólo se trabajará hasta las 23 horas, mientras que para los días 24 y 31 de diciembre, el Código del Trabajo indica que la jornada laboral concluye a las 20 horas.

La autoridad subrayó que el artículo 35 y siguientes, y 40 bis del Código del Trabajo, los días 25 de diciembre y el 01 de enero, el descanso es de carácter irrenunciable.

España fue enfático en recordar, que los dependientes relacionados exclusivamente con la venta directa al público de mercancías; como vendedores cajeros, empaquetadores, promotores y vendedores integrales, están incluidos en la irrenunciabilidad al descanso.

De acuerdo a lo anterior, quienes presten servicios en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, bomberos de bencineras y dependientes de farmacias de urgencia o turnos, pueden prestar servicios los días 25 y 31 de diciembre.

En cambio, destacó el Seremi España, aquellas personas que trabajan a tiempo parcial o con jornada inferior a 45 horas semanales, tienen todos los derechos laborales especificados en el Código del Trabajo.

Condiciones

Al referirse a los contratos y condiciones laborales, la autoridad aclaró que se deberá contar con un contrato escrito; “no de palabra”, en el que se especifique la jornada, remuneración y obligaciones, así como cotizaciones de seguridad social, por medio de las correspondientes instituciones previsionales.

En el caso de los adolescentes; no niñas o niños, de entre 15 a 18 años, deberán tener permiso por escrito de sus padres o madres. Menores que no podrán trabajar durante más de ocho horas diarias, debiendo sus empleadores , además, registrar los contratos en la correspondiente Inspección del Trabajo, y sus tareas deberán ser livianas, de manera que no se perjudique su salud y desarrollo.